TREA CAJAMAR AHORRO, FI A
- TREA ASSET MANAGEMENT SGIIC TREA
- RF EURO CORTO PLAZO RENTA FIJA
-
-
- 2 en una escala del 1 al 7
- ASG
- SFDR - Artículo 8
- 19/06/2025
- 1,52%
- 103/378
Datos identificativos
- TREA CAJAMAR AHORRO, FI A
- ES0180511000
- EUR
- 14/11/2022
- TREA ASSET MANAGEMENT SGIIC
- TREA
- CECABANK
- DELOITTE, S.L.
Política de inversión
Este Fondo promueve características medioambientales o sociales. El Fondo aplica criterios de inversión sostenible, por lo que la mayoría del patrimonio invertido se guiará por principios sostenibles y financieros. El fondo invertirá en renta fija (RF) pública y privada, así como en depósitos en entidades de crédito y en instrumentos del mercado monetario no cotizados, que sean líquidos. En RF privada, principalmente en emisores y/o mercados europeos. En RF pública, principalmente en emisores y/o mercados de estados miembros de la zona euro. La duración media de la cartera se situará entre 1 - 2 años. El Fondo podrá invertir un máximo del 10% en RF de países emergentes mayoritariamente Investment Grade. La exposición total a divisa distinta del euro no será superior al 10%.
Referencia: Bloomberg Barclays Euroagg 1-3 Year Total Return
Política de inversión ASG
Este Fondo promueve características medioambientales o sociales (art. 8 Reglamento (UE) 2019/2088). Se integrarán aspectos ambientales, sociales y de gobierno corporativo en el análisis financiero. El análisis se concentrará en aquellas compañías/emisores que presentan algunas de las siguientes características a) Compañías cuya actividad económica contribuya a un objetivo ambiental, cuando la actividad económica contribuya sustancialmente a uno o varios de los objetivos ambientales siguientes: -Mitigación del cambio climático. -Adaptación al cambio climático. -Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos. -Transición a una economía circular, prevención y reciclaje de residuos. -Prevención y control de la contaminación. -Protección de los ecosistemas sanos. b) Compañías cuya actividad económica contribuya a un objetivo social y, en particular, compañías que contribuyan a luchar contra la desigualdad, toda inversión en compañías que refuercen la cohesión social, la integración social y las relaciones laborales, o toda inversión en capital humano o en comunidades económica o socialmente desfavorecidas. c) Compañías que sigan prácticas de buena gobernanza y, en particular, empresas en las que las estructuras de gestión, las relaciones con los asalariados y la remuneración del personal sean sanas y que cumplan las obligaciones tributarias. En cuanto a los criterios de exclusión del Fondo, no se podrá invertir en valores de emisores que sean contrarios a los criterios de sostenibilidad que el fondo promueve. No podrá invertirse en sectores o compañías cuya actividad está involucrada directa o indirectamente en las siguientes actividades: -Juego, casinos y similares, estableciendo como excepciones en este sector: apuestas mutuas deportivas benéficas y juegos y apuestas de ocio y recreo, constituidos de usos de carácter social o familiar, siempre que no sean objeto de explotación lucrativa por parte de los jugadores o por personas o entidades ajenas a ellos, o que tengan escasa relevancia económica y social. -Entretenimiento adulto (pornografía y prostitución). -Armamento controvertido: minas antipersona, bombas racimo, armas químicas y biológicas. -Tabaco, excepcionando aquellas empresas cuyos ingresos provengan en un porcentaje inferior al 50% de la distribución de tabaco. -Compañías cuya actividad principal (más del 50% de sus ingresos) provenga de la extracción de carbón. -Compañías que se vean envueltas en casos de explotación infantil y financiación al terrorismo; y -Compañías que tengan su domicilio social en una jurisdicción no cooperativa fiscalmente de acuerdo con el listado de la UE (the ‘EU list of non‐cooperative jurisdictions for tax purposes’). Estos criterios de exclusión afectan a toda la cartera del fondo (incluida la deuda pública), tanto a la inversión directa en activos de Renta Fija o la inversión indirecta a través de IICs (máximo del 10%). El Fondo podrá invertir un máximo del 10% en IIC financieras que sean acti
Comisiones
- 0,70%
- 0,00%
- 0,10%
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- 0,00%
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Otras características
- 100,00 EUR
- 100,00 EUR